miércoles, 28 de mayo de 2014

FALTA DE PROFESIONALIZACIÓN EN LA TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN JUDICIAL: NUEVAS LICITACIONES


En los últimos meses se han producido una serie de licitaciones para la adjudicación de servicios de traducción e interpretación para la Administración de Justicia en distintas comunidades y provincias (Madrid, Galicia, Málaga, Murcia, Baleares).

Los pliegos de estas licitaciones no están en consonancia con la Directiva 2010/64/UE (sobre el derecho a interpretación y traducción en procesos penales) cuyo objetivo es garantizar la calidad de la traducción e interpretación en el ámbito penal, y así contribuir a asegurar la tutela judicial efectiva. La Directiva es de obligado cumplimiento para todos los estados miembros, y su transposición debía haberse completado antes de finales de octubre 2013. Sin embargo, en España todavía no se ha tomado ninguna medida con respecto a la transposición. Con esta serie de licitaciones que no garantizan los criterios de calidad, parecería que no hay mucha prisa por implantar nuevas medidas, ni intención de poner remedio al desastroso estado actual de la traducción e interpretación judicial en España.

Las licitaciones de los últimos meses son iguales que las de años anteriores y permiten la contratación de traductores e intérpretes de acuerdo con los artículos 441 y 762 de la LECrim, ley que se remonta al siglo XIX y que no cumple con las más mínimas garantías de calidad. En las licitaciones ya adjudicadas parece que el principal criterio seguido ha sido el precio. Los honorarios de los traductores e intérpretes se han reducido a niveles tan irrisorios que de ninguna manera llevarán a la contratación de personas cualificadas, en cumplimiento de la Directiva, sino todo lo contrario. En el caso de Galicia uno de los concursantes ofrecía precios tan bajos que la misma Administración se refería a una “bajada anormal y desproporcionada de los precios”, aunque adjudicó el servicio a esta misma empresa. Algo similar ocurrió en Málaga.

Varios colectivos vienen denunciando desde hace tiempo el sistema de licitaciones como modelo para la prestación del servicio de traducción e interpretación judicial. Con estas licitaciones se demuestra claramente por qué no se puede dejar un derecho básico ─como es el derecho a un juicio justo─ en manos de empresas privadas. Basta analizar el ejemplo del Reino Unido, donde todo un sistema ejemplar se ha venido abajo desde que el gobierno conservador optó por el sistema de licitaciones. Los intérpretes acreditados se niegan a aceptar las condiciones laborales lamentables ofrecidas por las empresas adjudicatarias, las cuales no encuentran profesionales para cubrir el servicio.


Sin embargo, en el Reino Unido desde hace 30 años existen estructuras profesionales para traductores e intérpretes judiciales, incluido un registro de profesionales formados y acreditados. Hay conciencia de profesión, normas de calidad, protocolos de actuación y unos operadores jurídicos acostumbrados a trabajar con traductores e intérpretes profesionales. La situación en España es muy diferente, a pesar de los ingentes y loables esfuerzos de APTIJ por promover la profesionalización en este campo. Aquí hay sensiblemente menos conciencia que en el Reino Unido, y una de las consecuencias de ello es que la calidad deficitaria pasa inadvertida.

Los mismos colectivos que venimos señalando la falta de profesionalización en este campo hemos denunciado estas licitaciones mediante comunicados de prensa y escritos dirigidos a las Administraciones responsables. Hasta la fecha, con poco resultado.



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