martes, 6 de julio de 2010

DERECHO A INTERPRETACIÓN Y TRADUCCIÓN EN LOS PROCESOS PENALES DE LA UE

El Parlamento Europeo aprobó recientemente (16/06/2010) por amplísima mayoría el proyecto de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales.

El objetivo de esta directiva europea es garantizar el derecho de las personas a ser asistidas por un traductor/intérprete cualificado durante los procesos penales que se desarrollen en los países de la Unión, siempre que no comprendan la lengua del procedimiento.

Supone, en la práctica, un paso hacia un tratamiento jurídico equitativo de las personas inmersas en procesos penales, independiente de su nacionalidad, pues salvaguardia una de las garantías procesales más importantes del detenido o encausado: conocer de primera mano los términos de la denuncia/acusación y disponer de un letrado para su defensa con el que pueda comunicarse en una lengua que entienda. Incluye la asistencia del traductor / intérprete durante los interrogatorios policiales y también en la sala de audiencias.

El texto menciona explícitamente la necesidad de que los traductores e intérpretes que asisten al sospechoso, al detenido o al encausado en los tribunales nacionales posean la necesaria cualificación. Sugiere además que los Estados Miembros deben establecer algún sistema de control sobre la idoneidad de la traducción e interpretación. Se trata, pues, de medidas que pueden evitar o disminuir los errores judiciales y las situaciones de indefensión por parte de los encausados.

El proyecto se encuentra ahora a la espera de la posición del Consejo y de la Comisión.

Texto de la resolución:

http://www.europarl.europa.eu/sides/getDoc.do?pubRef=-//EP//TEXT+TA+P7-TA-2010-0220+0+DOC+XML+V0//ES


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