COMUNICADO CONJUNTO DE LA RED VÉRTICE Y LA CONFERENCIA DE CENTROS Y DEPARTAMENTOS UNIVERSITARIOS DE TRADUCCIÓN E INTERPRETACIÓN (CCDITI)
Expertos internacionales, representantes de las asociaciones profesionales y docentes en traducción e interpretación advierten en un congreso en Alcalá de que los planes del Ministerio de Justicia podrían afectar gravemente a los derechos de los sospechosos y acusados en el ámbito penal.
NOTA DE PRENSA,MADRID, 09/04/14
Reunidos en la universidad cisneriana de Alcalá de Henares con motivo del 5º Congreso Internacional sobre Traducción e Interpretación en los Servicios Públicos, organizado por la catedrática Carmen Valero Garcés de esta misma universidad, diferentes representantes del mundo de la traducción y la interpretación judicial advirtieron de que el mandato de calidad y profesionalidad de la Directiva 2010/64/UE no podrá respetarse si el Ministerio de Justicia no opta por la creación de un registro de intérpretes y traductores independientes que deban superar una prueba de certificación para poder inscribirse en él. La Directiva es de obligado cumplimiento para los Estados miembros y debería haberse transpuesto antes de octubre de 2013, tras un periodo extraordinario de tres años para hacerlo. España ya ha incumplido este plazo y es posible que sea multada por ello en los próximos meses.
En una mesa redonda que abordaba la transposición de esta normativa europea en España, la representante del departamento del Ministerio de Justicia encargado de esta transposición, Rosa Lamana, manifestó que ya están trabajando en la creación de un registro, tal y como recomienda la Directiva. Según Lamana, la idea del Ministerio de Justicia, por recomendación del Ministerio de Economía y Competitividad, es que en el registro puedan inscribirse tanto personas físicas como personas jurídicas, en función de sus méritos profesionales y académicos. Juan Miguel Ortega, presidente de la Asociación Profesional de Traductores e Intérpretes Judiciales y Jurados (APTIJ) y representante de la Red Vértice1, apuntaba que la idea de crear un registro es acertada, pero que incluir a personas jurídicas supone una incongruencia. «La idea del registro es la de garantizar que se contrata a profesionales que a nivel individual hayan acreditado su capacidad para trabajar como traductores o intérpretes judiciales, pero si incluimos a personas jurídicas el registro no será más que un nuevo coladero de personal no cualificado a través de las empresas inscritas», apuntaba Ortega.
En este sentido, el colectivo de traductores e intérpretes cree necesario que los profesionales tengan que superar una prueba de acceso para inscribirse en ese registro, en lugar de abogar por el complejo sistema que plantea el Ministerio, que quiere evitar celebrar un examen y que el acceso se haga mediante el reconocimiento de méritos académicos y profesionales. «La casuística es tan amplia que será realmente difícil mantener un criterio coherente. Para evitar la arbitrariedad y garantizar la calidad del servicio apriorísticamente, lo mejor es contar con una prueba de acceso al registro.
Como la transposición es urgente, podría crearse una lista provisional del registro y organizar una prueba de certificación que las personas deban superar en un plazo razonable no superior a tres años», señalaba posteriormente María Jesús Blasco, representante de la Conferencia de Centros y Departamentos Universitarios de Traducción e Interpretación de España (CCDUTI). Blasco indicó que las universidades españolas, con el apoyo de la Conferencia de Rectores de España (CRUE), han ofrecido al Ministerio de Justicia su experiencia en formación y evaluación para participar en un proceso de certificación de intérpretes y traductores judiciales.
El abogado Endika Zulueta reprochó además al Ministerio de Justicia que pretenda transponer la Directiva 2010/64/UE de forma residual, en la Disposición Final IV del Anteproyecto de Ley Orgánica del Estatuto de la Víctima y en el Anteproyecto de Ley de Colegios y Servicios Profesionales. Zulueta considera que la regulación de la figura de los traductores e intérpretes judiciales es lo suficientemente importante como para contar con una normativa específica, a la vista de que ha merecido una Directiva europea exclusiva. A este argumento, la experta en interpretación judicial de la Universidad de Vigo, Maribel del Pozo, añadió desde el público que la Administración tiene que velar por los derechos fundamentales de los ciudadanos, como el derecho a un juicio justo que está estrechamente vinculado al derecho a la información y, por ende, a la interpretación, y que aunque la competencia de contratar los servicios de traducción e interpretación esté transferida a algunas autonomías, es responsabilidad del Estado velar por que se cumpla en las condiciones adecuadas.
Europa exige calidad, pero España no responde
Los expertos europeos en interpretación judicial y en la Directiva 2010/64/UE de la Universidad Católica de Lovaina en Amberes (Bélgica), Erik Hertog y Hendrik J. Kockaert, señalaron que España debe recordar que el fin último de la Directiva aprobada en Bruselas es el de garantizar la calidad y excelencia de los servicios de traducción e interpretación en todo el proceso penal y evitar que los derechos lingüísticos de los ciudadanos queden en manos de personas no profesionales por causa de la mercantilización del servicio.
A este respecto, la presidenta de la Asociación Europea de Traductores e Intérpretes Jurídicos (EULITA), Liese Katschinka, solicitó a las autoridades españolas una acción coordinada con las diferentes partes interesadas que garantice que quienes interpreten en la Administración de Justicia sean siempre personas cualificadas y debidamente acreditadas. «La correcta transposición es fundamental», apuntó Katschinka, con el fin de evitar el intrusismo profesional por parte de personas que no dominan las lenguas de trabajo, no conocen las técnicas de interpretación, carecen de conocimientos de Derecho y no siguen ningún código deontológico. Esto ha hecho perder grandes sumas de dinero a las administraciones de justicia europeas, incluida la española, por la paralización de juicios e investigaciones como consecuencia de traducciones e interpretaciones deficientes.
Preguntada por los mecanismos que el Ministerio ha previsto para garantizar la calidad, Rosa Lamana añadió que «se garantizará la calidad mediante un régimen de sanciones en caso de que las traducciones e interpretaciones se realicen incorrectamente y exista una denuncia o queja al respecto por parte de los operadores jurídicos». A esta cuestión, traductores e intérpretes presentes en la sala señalaron que un sistema de control de calidad no puede basarse en actuar cuando el daño ya está hecho, sino que hay que llevar a cabo una política de prevención que ofrezca seguridad a los ciudadanos. Añadieron que acciones como la grabación de los juicios con intérprete o el correcto almacenamiento de la documentación que se solicita traducir son medidas que facilitarían y agilizarían el análisis de cualquier anomalía detectada en la mediación lingüística.
1 Red de asociaciones de profesionales de la traducción, interpretación y corrección con presencia en
España, que integra a un total de 17 asociaciones que aglutinan a unos 3.500 profesionales.http://www.redvertice.org/p/sobre-la-red-vertice.html
Es el momento de aunar esfuerzos y de terminar con un sistema caótico de provisión de servicios que escandaliza a la profesión y contribuye a vulnerar las garantías procesales de víctimas e imputados. Universidades y asociaciones profesionales tenemos la formación y experiencia necesarias para garantizar un sistema solvente de acreditación y cualificación; los ministerios de Justicia y de Interior, la responsabilidad de ofrecer un servicio de asistencia lingüística donde -lejos de intereses económicos y empresariales- impere la calidad y profesionalidad a las que nos obliga la Directiva.
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