Red Vértice se reune con los ponentes del
proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la ley de Enjuiciamiento
Criminal1
El pasado día 16 de octubre, la Comisión de la
Red Vértice encargada del seguimiento de la transcripción de la Directiva
2010/64 del Parlamento Europeo y del Consejo del 20 de octubre del 2010
relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales, se
reunió con el ponente del proyecto de ley orgánica del título, el Portavoz del
G.P. Popular en la Comisión Mixta para la Unión Europea don Pablo Casado, y con
los dos coponentes, doña Marta González, Portavoz del G.P. Popular en la Comisión
de Igualdad y don Daniel Serrano, Portavoz del G.P. Popular en la Comisión de
Asuntos Exteriores.
A dicha reunión se convocaron asimismo a la
Conferencia de Centros y Departamentos Universitarios de Traducción e
Interpretación (CCDUTI), a la Asociación de Formadores, Investigadores y
Profesionales de Traducción e Interpretación en los Servicios Públicos
(AFIPTISP) y a la Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-F).
En ella, las asociaciones profesionales y
académicas transmitieron a los diputados sus inquietudes en relación con la
redacción actual del proyecto de ley orgánica, centrándose en los siguientes
aspectos:
⋅
la necesidad de
que este recoja la superación de un examen o prueba debidamente diseñado como
condición de inscripción en el Registro Oficial de Traductores e Intérpretes
judiciales o penales al que el propio proyecto alude;
⋅
la necesidad de
definir con más precisión los casos excepcionales a los que se refiere en el
nuevo art. 124.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, según la redacción del
proyecto de ley orgánica;
⋅
la necesidad de
que la nueva ley orgánica derogue de forma explícita los artículos 398, 440,
441, 442 y 762.8 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal actualmente vigentes, y
enmiende artículo 231.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a fin de evitar
dar, en el futuro, cobertura legal a la práctica actual de permitir que
«cualquier persona» conocedora de la lengua de que se trate intervenga como
traductor o intérprete en los procesos penales; y
⋅
la necesidad de
suprimir del proyecto su Disposición final segunda, que prohíbe que su
aplicación suponga un aumento de dotaciones o gastos de personal, por ser
incoherente con el carácter orgánico y procesal de la nueva ley.
Los interlocutores tomaron buena nota de todas
estas sugerencias, felicitando a las asociaciones autoras por el espíritu
constructivo con el que las habían presentado y comprometiéndose a estudiarlas,
y en la medida de lo posible consensuarlas, tanto con el resto de los
componentes de la Comisión de Justicia del Congreso como con el servicio
correspondiente del Ministerio de Justicia.
Madrid, 22 de octubre de 2014
1
Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley de Enjuiciamiento
Criminal para transformar la Directiva 2010/64/UE, de 20 de octubre de 2010,
relativa al derecho a interpretación y traducción en los procesos penales y la
Directiva 2012/13/UE, de 22 de mayo, relativa al derecho a información en los
procesos penales