El
día 1 de octubre de 2016 se cumple el 70º aniversario de la lectura
de sentencias en el Tribunal Militar Internacional de Núremberg, en
el que las potencias aliadas (Estados Unidos, la Unión Soviética,
Gran Bretaña y Francia) juzgaron a los principales criminales de
guerra nazis que sobrevivieron a la rendición de Alemania, en un
proceso que duró aproximadamente un año. Las deliberaciones no
habrían sido posibles con la celeridad que tuvieron sin la presencia
de intérpretes simultáneos entre los cuatro idiomas oficiales
(alemán, francés, inglés y ruso). Aunque la interpretación en
tribunales tiene un larguísimo recorrido en la historia, se
considera que Núremberg marcó un antes y un después en lo que
respecta a la consolidación de la profesión de intérprete.
Paradójicamente esa profesión se asoció con el entorno de
organizaciones y conferencias internacionales más que con los
tribunales, en los que la interpretación simultánea profesional
siguió y sigue siendo la excepción más que la regla.
En
mayo de 1946 había iniciado sus deliberaciones el Tribunal Militar
Internacional para el Lejano Oriente (el Proceso de Tokio), encargado
de juzgar a los responsables políticos y militares japoneses
sospechosos de haber cometido crímenes de guerra. Durante las
sesiones del juicio intervinieron intérpretes de japonés, inglés
y, en ocasiones, de otros idiomas. Los intérpretes trabajaron solo
en consecutiva –se consideraba que la simultánea entre el japonés
y el inglés era imposible por la distancia entre los dos idiomas–
y las autoridades militares establecieron una supervisión estricta
de las interpretaciones por miedo a posibles transgresiones de la
neutralidad de los intérpretes, que eran en su mayoría de origen
japonés.
El
14 de octubre de 1936, hará pronto 80 años, llegaron a Albacete los
primeros brigadistas internacionales para defender al gobierno de la
República frente a la sublevación de Franco (17
de julio de 1936), a quien habían empezado a apoyar Hitler y
Mussolini desde el golpe. La
Guerra Civil española se convirtió así en un conflicto
internacional –como lo había sido la I Guerra Mundial– en el que
fue necesaria la presencia de intérpretes para permitir una
comunicación efectiva entre los distintos niveles de mando, así
como con la población local y con las tropas enemigas. La mayoría
de los que actuaron como intérpretes, tanto en el bando leal al
gobierno como en el rebelde, lo hizo de forma espontánea,
simplemente porque eran políglotas –muchos de ellos debido a
trayectorias vitales que fueron el reflejo de un siglo de cataclismos
sociales y políticos de alcance planetario. El hecho de que las
autoridades que los seleccionaron y emplearon consideraran clave su
misión de mediación lingüística es una prueba explícita de que
el dominio de las lenguas ha sido y es un arma en los conflictos
bélicos.
Ha
llovido mucho desde entonces y en el mundo en el que nos ha tocado
vivir los intérpretes siguen siendo necesarios en los innumerables
conflictos internacionales que han venido sucediéndose después de
que los tribunales de Núremberg y de Tokio dieran por zanjada la II
Guerra Mundial. Lo mismo ocurre en los entornos judiciales
internacionales, pero también en los de nuestras ciudades y
municipios, donde convivimos personas de muy diversa procedencia. Sin
embargo, la interpretación judicial y policial sigue padeciendo en
nuestro país un grave problema de falta de reconocimiento social,
institucional y legal, provocado en buena medida por la ignorancia de
muchos usuarios acerca de las funciones que han de desempeñar los
intérpretes, sus condiciones de trabajo, sus destrezas técnicas, su
código ético, etc.
En
numerosas ocasiones, las cuestiones relacionadas con la confianza en
el intérprete (“alguien” de confianza, con todo lo que ello
puede significar), cuando no con el ahorro de costes o con el lucro
empresarial, parecen imponerse a la necesaria profesionalidad,
confidencialidad e imparcialidad que deben quedar garantizadas en un
servicio lingüístico de
calidad,
al que –no lo
olvidemos–
tienen derecho los ciudadanos inmersos en cualquiera de las fases de
un proceso penal (Directiva 2010/64/EU).
A
finales del mes de agosto, el Cuerpo Nacional de Policía detuvo a un
intérprete de farsi que colaboraba en las investigaciones policiales
y aprovechaba en beneficio propio y en el de una mafia de trata de
personas su acceso a información privilegiada (Véase
aquí la nota de prensa de 25-08-2016). Es tan solo un ejemplo en
una lista lamentablemente larga de efectos colaterales resultantes
del desconocimiento y la indiferencia.
Muchos
de estos casos han quedado documentados en una queja por el mal
funcionamiento de los servicios de traducción e interpretación
judicial que la APTIJ (Asociación
Profesional de Traductores e Intérpretes Judiciales y Jurados)
presentó el pasado 22 de julio ante la Oficina del Defensor del
Pueblo español (Queja
presentada por la APTIJ ante el Defensor del Pueblo). La admisión
a trámite de esta queja, respaldada por la Red Vértice al completo,
y a la que se han adherido la FIT (Fédération
Internationale des Traducteurs)
y las 25 universidades españolas que imparten estudios de traducción
e interpretación, significa que dicha Oficina estima que se podrían
estar vulnerando derechos fundamentales y que, por tanto, es
necesaria una investigación.
No
deja de resultar paradójico que, tras décadas de evolución técnica
en el ejercicio profesional de la interpretación, sigamos reclamando
hoy algo que nuestros antepasados ya vieron y resolvieron eficazmente
incluso
en condiciones de emergencia. Por eso hemos querido recordar estos
aniversarios y señalar la importancia que tiene aprender de nuestro
pretérito –sin duda imperfecto– para evitar repetir los
tropezones que el género humano ha tenido con la historia y para
mantenernos alerta ante los desafíos del presente, a veces más
proclive a la improvisación que a la reflexión.
Icíar
Alonso Araguás y Jesús Baigorri Jalón
Grupo
Alfaqueque, Universidad de Salamanca
Septiembre
de 2016